Durante los últimos años, el sector de los esports ha crecido de forma exponencial en nuestro país. Según el informe ‘‘Key Insights Into Spanish Gamers’’ elaborado por Newzoo, el sector del videojuego facturó más de 2.300 millones de euros en 2022, frente a los 1.795 millones de euros facturados en 2021, lo que representa un crecimiento del 32%. De forma adicional, las audiencias van creciendo progresivamente, captando sobre todo el interés del público más joven que encuentra en los esports una forma muy dinámica de entretenimiento.

 

Pese a que el sector está experimentando un continuo auge, seguimos sin contar, a día de hoy, con una regulación específica que se encargue de regular las cuestiones más relevantes, resultando de aplicación la normativa genérica que no atiende las especialidades del mismo.

 

Por ejemplo, los contratos laborales elaborados entre clubes y jugadores se rigen por lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, no resultado de aplicación el Real Decreto 1006/1985, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, puesto que los esports no han sido reconocidos como deporte en territorio español. Esto conlleva que, pese a las similitudes que existen entre los deportes tradicionales y los esports, no podamos aplicar, en el segundo, figuras como las cláusulas de rescisión o las cesiones de jugadores, al no estar permitidas estas figuras en la normativa laboral genérica española. Tampoco contamos con un convenio colectivo de los jugadores profesionales de esports, cuya elaboración e implementación significaría un gran avance para el sector.

 

En lo referente a la creación de clubes de esports, pese que los mismos se autodenominen como clubes, esto no es realmente así. Para que podamos estar ante un club deportivo (o ante una sociedad anónima deportiva), el mismo debe estar destinado a la práctica de una actividad deportiva y, tal y como dicho anteriormente, los esports a día de hoy no han sido reconocidos como tal por el Consejo Superior de Deportes. Por lo tanto, las formas jurídicas que puede adoptar un equipo de esports son las establecidas con carácter general para las sociedades de capital, optándose en la mayoría de las ocasiones por Sociedades de Responsabilidad Limitada, por las facilidades económicas que ofrece esta forma societaria.

 

Respecto a la organización de competiciones o eventos, tampoco existe una normativa específica, al contrario de lo que ocurre en otros países que sí regulan de forma específica y concreta esta cuestión para el sector de los esports, como por ejemplo Francia. En nuestro país no contamos con ninguna norma que regule de forma específica las particularidades del sector de los esports en lo relativo a las competiciones, resultando de aplicación la normativa estatal y autonómica relativa a la organización de eventos y espectáculos públicos.

 

En resumen, pese al importante crecimiento que ha experimentado el sector de los esports durante los últimos años, en España no tenemos ninguna normativa propia del sector ni resulta de aplicación la normativa deportiva al no haber sido reconocidos como actividad deportiva por el CSD.

 

Resultaría muy favorable para el sector la elaboración e implementación de normas tendentes a regular las particularidades del mismo, con la seguridad jurídica que ello conllevaría para todos sus actores y, en especial, para los jugadores.

 

Antonio José Albarral Borrego

Departamento Jurídico